BERNARDO BERGER

Berger destacó avance de proyecto que tipifica las marejadas como eventos de “fuerza mayor”

Con esta medida, se evita que los pescadores artesanales con inactividad producto de este fenómeno, sean borrados del registro nacional del rubro.

A su tercer y último trámite legislativo pasó esta semana el proyecto de ley del cual es coautor el diputado Bernardo Berger, que declara las marejadas como eventos de fuerza mayor a fin de proteger la continuidad de la vigencia de los pescadores artesanales en el registro nacional de la actividad.

La iniciativa fue discutida en el plano de la sala de la Cámara Baja a partir el informe de comisión mixta, y obtuvo su aprobación tras lograr 129 votos a favor y una abstención

Al respecto, Berger explicó que las marejadas han significado un detrimento de la actividad pesquera artesanal. Por tanto, valoró los elementos que aportó el trabajo de la comisión mixta para facilitar la aplicación de la norma.

“Los daños que provocan las marejadas en las caletas obligan muchas veces paralizar la faena por largo tiempo. Ese tiempo de inactividad significa en la práctica un riesgo para mantener vigente la participación en el registro pesquero, lo que es desastroso para los artesanales. De ahí que era necesario darle una catalogación a este fenómeno de la naturaleza, que no afecte a la permanencia en el registro e impedir así sumar más daño al que de por sí ya provocan las marejadas al sector”

La norma en proceso establece que si por efecto de las marejadas u otro fenómeno climático se provocara varado de algas, se podrán contemplar excepciones respecto de las vedas o cuotas sobre los mismos.

De igual modo, establece que se considerará caso fortuito o fuerza mayor las marejadas que hayan impedido la actividad extractiva. Esto se acreditará con un certificado de la autoridad marítima que dé cuenta del cierre de los puertos y su extensión temporal.

Tras su aprobación esta semana, ahora el texto pasará al Senado para ratificar el informe de la comisión mixta. De aprobarse también en dicha instancia, quedará en condiciones de promulgarse y convertirse en ley una vez publicado en el Diario Oficial.

Scroll al inicio