A todas luces los trabajadores del buceo requieren de una “regulación especial”, pues la condición particular y riesgosa a la que se enfrentan diariamente es distinta a las de cualquier otro trabajo que esté regulado, por ejemplo, por el Código del Trabajo. Tanto es así, que se ha señalado que debiesen ser regulados por un “Estatuto Laboral” distinto que incluya una jornada laboral diferenciada por el constante riesgo a que se enfrentan.
Al no existir claramente especificado el termino “buzo” en la Ley Laboral existe una falta de protección para su vida y salud. Por lo anterior, la carencia legal antes citada, posibilita – tal y como han señalado los propios buzos- situaciones complejas en su día a día.
La creación de un “Estatuto Laboral de Protección del Buzo” constituye una de las exigencias centrales del Sindicato Nacional de este gremio, ya que según señalan, están “invisibilizados” en el Código del Trabajo.
Por lo antes señalado, parece del todo irregular que en la actualidad, sobre todo cuando existen fallos de Tribunales Internacionales en materia de Derechos Humanos, los empleadores en Chile contraten a los buzos utilizando la “Ley de Gente de Mar y Embarcados”, la cual originalmente fue redactada pensando en quienes trabajan en la Armada de Chile (capitanes, tripulantes, marineros), lo cual no tiene ninguna relación con la actividad que ejerce un profesional civil de buceo.
Queda claro, entonces que nuestra legislación no estaría cumpliendo con los estándares internacionales que garanticen los derechos laborales de los trabajadores del buceo, ya sea porque requieren una regulación especial o porque realizan su trabajo en condiciones y riesgos muy diferentes a otras actividades, como las que regula el Código del Trabajo.
Es por estos antecedentes que apoyé un proyecto de resolución que planteamos entre varios y diputados y que solicita al Gobierno que, basado en las propuestas de organismos internacionales, envíe a trámite legislativo un proyecto de ley que cree, como norma de rango especial para quien desarrolle su actividad en el área pesca y acuicultura, el “Estatuto Laboral de Protección al Buzo Profesional”.
Bernardo Berger Fett
Diputado de la República