Presidente, entre los fundamentos centrales del mensaje ingresado en el año 2015 a este congreso se encontraban el respeto y reconocimiento de las relaciones y funciones de la familia como núcleo básico de protección de los derechos del niño.
El proyecto inicial enfatizaba el papel de orientación y guía que les compete a los padres en el ejercicio de los derechos de los niños.
Fue en este sentido que aprobamos en general este Proyecto en la sala, el día 07 de marzo de 2017 en la sesión número 133 de la legislatura 364, con la sola excepción de los incisos cuarto y quinto del art. 25 referidos a la prohibición de la divulgación de la propia imagen de los niños, y del inciso quinto del articulo 30 y el inciso segundo del art. 36 referidos a los requisitos mínimos exigibles en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media.
Todos los temas que fundamentaron las observaciones realizadas por el Presidente de la República, fueron efectivamente planteados durante la discusión del proyecto en el primer trámite constitucional , por lo que si son parte de las ideas matrices o fundamentos del proyecto inicial.
Incluso en el informe de la Comisión de Hacienda, durante el primer trámite, también se hizo alusión a las ideas matrices o fundamentales del Proyecto y que claramente relevaban a un papel fundamental el respeto de la relación del niño con sus padres o representantes legales, reforzaba el papel de las políticas sociales otorgadas a los niños y de protección hacia los mismos, y, lo más importante; limitaba la intervención del Estado a una última instancia, en subsidio de los esfuerzos de la familia para asegurar el ejercicio de los derechos del niño.
Cabe recordar también que en la segunda pasada por la comisión de Familia de la cámara se aprobaron los artículos 8 y 27, en los cuales se elevaba a la calidad de esencial el Derecho-Deber Preferente de los Padres para educar a sus hijos, siendo el deber del Estado dar especial protección a ese Derecho.
Por otro lado, ya en el segundo trámite en el Senado, el ex Honorable Senador Patricio Walker señaló que el Proyecto reconocía el rol prioritario de los padres, e hizo un llamado de atención en relación a que ya en ese momento se pretendía obviar a la familia, pretendiendo que el Estado acaparase esta función…
Hoy les digo a mis Colegas, es un derecho natural y prioritario el que sean los padres quienes tengan el derecho preferente de educar a sus hijos, alienar ese derecho pretendiendo dejarlo en manos del Estado es ir en contra de la naturaleza y del bien superior de los niños; es destruir el núcleo central de la sociedad que esta radicado en la familia.
No nos perdamos en esto Colegas, ya que por algo estamos viviendo el colapso social que vivimos en estos días, y estamos viendo como nuestras juventudes se han desorientado, se han descarriado y han sido los principales perjudicados al desligarse de sus padres y sus familias que son los llamados a educarlos y criarlos dentro de un ambiente de dedicación y cuidados centrados en el afecto tan esencial en el desarrollo psicológico del ser humano; y en esto el Estado pasa a ser sólo un garante subsidiario en este deber.
Insisto!… Cuidado aquí!!, no vaya a ser que pasemos de haber tenido un Estado que abandonó deberes, como lo sucedido con el Sename, a un Estado que usurpe a los padres y a la familia en este deber esencial.
Las observaciones ingresadas por el Ejecutivo sólo vienen a proteger este principio y no están para nada alejadas del espíritu, matriz y fundamento inicial de este Proyecto de Ley.
Por tanto Presidente, vengo en apoyar las observaciones del Ejecutivo, las cuales vienen, como ya he dicho, a salvaguardar este derecho preferente de los padre para resguardar los derechos de los niños.
He dicho.