La iniciativa del diputado por Los Ríos permite que construcciones más recientes, de mayor avalúo superficies más grandes también puedan usar del procedimiento simplificado. De paso, acorta los tiempos de respuesta de las direcciones de obras municipales.
A la Comisión Vivienda de la Cámara Baja pasó, en su primer trámite constitucional, el proyecto del diputado Bernardo Berger que amplía los beneficios de la Ley del Mono para que más familias chilenas puedan acogerse al procedimiento simplificado de regularización.
La iniciativa fue presentada por el legislador por Los Ríos en agosto de este año, y en lo sustancial permitirá que familias con ampliaciones y /o casas más recientes, de mayor superficie y con avalúo fiscal más alto también puedan hacer uso de la Ley N° 20.898.
“Una vez que la Comisión de Vivienda termine de evaluar el texto que he propuesto, espero que podamos iniciar a la brevedad la discusión en la Sala y su pronta aprobación, pues la Ley del Mono ha probado en el tiempo ser una herramienta sumamente útil y efectiva para miles de familias que quieren poner al día los papeles de sus casas y con ello, entre otras cosas, poder optar a los beneficios del Estado”, explico Berger.
La Ley del Mono es un procedimiento simplificado que, a través de un croquis sencillo y menos burocrático, permite normalizar ante la direcciones de Obras Municipales la situación de viviendas autoconstruidas o que no tienen recepción definitiva.
“El tema es sumamente importante para las familias, porque cuando las casas no tienen esta regularización, sus propietarios se ven impedidos de hacerle mejoras a través de los distintos beneficios y subsidios estatales, participar en algún programa de mejoramiento individual o colectivo, o incluso se ven impedidos de vender”, advirtió el legislador.
La propuesta de Berger, a través de una serie de modificaciones a la normativa vigente, permitiría elevar la superficie de las viviendas afectas a regularización mediante este procedimiento, de los 140 metros cuadrados actuales, hasta 400 m2, indistintamente si se ubican en zonas urbanas o rurales, incluyendo además las superficies no habitables de inmuebles tales como bodegas y estacionamientos cerrados.
Además, eleva el rango de la tasación fiscal, del actual límite de 2 mil unidades de fomento (UF), hasta las 3 mil UF. También permitirá que pueda acogerse a la norma aquellas viviendas que hayan sido construidas, modificadas o ampliadas hasta el año 2022.
Finalmente, obliga a las direcciones de obras municipales a respetar el plazo de 30 días para la tramitación y aprobación del permiso de regularización, plazo que es el mismo que corre para la regulación bajo la Ley General de Urbanismo y Construcciones.