BERNARDO BERGER

MÁS TIEMPO PARA LA LEY DEL MONO

Ayudar a miles de familias a regularizar la construcción de sus viviendas a través de una nueva extensión del plazo para acogerse a la denominada “Ley del Mono”, es el objetivo que persigue el proyecto que ingresé a tramitación junto a mi colega y coautora, Francesca Muñoz.

Lo que sucede es lo siguiente. El año 2016, la Ley N°20.898 estableció que los propietarios de viviendas de autoconstrucción, o que se hayan construido con o sin permiso de edificación y que no cuenten con una recepción definitiva, podrían regularizar su situación por espacio de tres años mediante el procedimiento simplificado conocido comúnmente como la Ley del Mono, que cada cierto tiempo volvemos a poner en vigencia por lo práctico y sencillo que ha resultado su uso.

En 2019, y pensando en dar un alivio a los propietarios con regularizaciones pendientes, modificamos ese plazo de tres años fijado en 2016 y lo extendimos ahora a seis años, es decir, hasta el 2022.

Sin embargo, el estallido social primero y luego la pandemia por Covid-19, hizo que los seis años se volvieran insuficientes para que la población pudiera acceder al beneficio antes que caduque. De ahí que el proyecto presentado por nosotros precisamente vuelve a extender el plazo para regularizar por esta vía por otros tres años, totalizando 9, hasta el 2025.

Así las cosas, aquí lo relevante: esta modificación, que en definitiva extiende de seis a 9 años el plazo para regularizar la construcción de viviendas bajo la Ley del Mono, va a ayudar a miles de familias que hoy se han visto complicadas por las dificultades propias de la pandemia, pero que tienen el ánimo de tener los papeles de sus casas en orden.

¿Y por qué es importante ordenar los papeles de la casa? Porque no tener regularizada una propiedad significa una serie de problemas, como por ejemplo no poder postular a subsidios estatales y beneficios, o no poder vender esa propiedad en caso de apuro, gusto o necesidad.

Pero además, hemos incluido bajo este proyecto otro tipo de propiedades: Específicamente, las organizaciones cuyos inmuebles cobijan actividades sociales, comunitarias, deportivas y religiosas, también podrán hacer uso del beneficio, para que puedan obtener con más holgura sus permisos de edificación y recepción definitiva, dentro de la extensión de plazo que estamos proponiendo.

Bernardo Berger Fett
Diputado

Scroll al inicio