
Los últimos, han sido días noticiosos en lo legislativo. Logramos aprobar el Bono Clase Media y un nuevo Préstamo Solidario para la protección de los ingresos. También, se resolvió el aplazamiento de las elecciones, que finalmente serán el 15 y 16 de mayo.
Ambas eran medidas apremiantes, dada la situación nacional que estamos viviendo. Pero entretanto, hay otros temas igual de importantes que aquejan a la ciudadanía: el crimen, la delincuencia y el narcotráfico, indiferentes al sufrimiento de millones de chilenos y que desgraciadamente no cesan ni en pandemia.
En tal sentido, quiero destacar una iniciativa que aprobamos y que ahora pasó a tercer trámite, que aumenta las penas a quienes ingresen, intenten o permita ingresar a un establecimiento penitenciario, elementos tecnológicos prohibidos que faciliten comunicarse con el exterior.
Y es que lo sabemos. Muchos de los delitos se siguen cometiendo, incluso coordinando, desde el interior de las cárceles chilenas, facilitados por la filtración de equipos como celulares a través de los cuales verdaderas bandas hacen de las suyas, especialmente en el campo del narcotráfico.
En allanamientos de Gendarmería entre 2019 y el primer semestre del 2020 a dependencias de reclusión de internos y lugares comunes, se lograron 6.836 hallazgos de elementos prohibidos, de los cuales 6 correspondieron a teléfonos celulares, 34 fueron municiones, 4 a armas de fuegos o alguna de sus partes, y 2 explosivos.
Más aún. En el registro a visitas en el mismo periodo, se produjeron 521 incautaciones de elementos prohibidos, 120 de los cuales fueron celulares, junto a lo que se catalogó como “sustancia vegetal de color verdoso” (268 eventos) y “sustancia de color ocre” (133 eventos). Pero más grave todavía es que se descubrió a siete abogados ingresando elementos a los presos, seis de los cuales eran celulares y uno droga.
De ahí que este proyecto es importante por cuanto busca desincentivar esta práctica y aumenta las penas no sólo a quienes ingresen elementos -presidio menor en su grado mínimo a medio, es decir, 61 días a 3 años-, sino que además, cuando esta acción es cometida por abogados, procuradores o empleados públicos como gendarmes, recibirán en forma adicional la sanción de suspensión y hasta la inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de la profesión, el cargo u oficio.
Bernardo Berger Fett
Diputado
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