BOLETÍN Nº 14.096-15
Presidente, considerando los perniciosos efectos provocados por la pandemia del coronavirus, que esta afectándonos a todos con esta segunda ola y tomando en cuenta la prórroga de la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, esta mas que claro que se ha dificultado el desplazamiento de las personas y con ello la posibilidad de acceder a los beneficios establecidos en el artículo transitorio de la ley N° 21.213, para poder extinguir las multas vinculadas con el uso del tag.
Con todo, esta claro que se hace necesario extender la vigencia de la ley N° 21.213 hasta el 31 de diciembre del presente año, ya que es la única forma de cumplir con su espíritu y generar las facilidades para que las personas puedan acceder a sus beneficios de manera segura y sin afectar la salud de otros.
Es importante destacar además que esta ampliación de la vigencia del artículo transitorio de la ley N° 21.213 permitirá a los municipios recaudar mayores recursos, los cuales, en el contexto actual, son especialmente necesarios.
Apoyo el Proyecto Presidente.