Boletín N° 13.420-06
Presidente, en el estado de emergencia en el que nos encontramos y considerando que las Juntas de Vecinos y organizaciones afines cumplen funciones importantísimas en la vida comunitaria propiciando la construcción y sostenimiento de la sociabilidad y la interlocución con las autoridades, resulta que dichas funciones son todavía mas relevantes en el estado de emergencia en el cual nos encontramos.
por lo anterior, es que concuerdo con la idea de legislar para asegurar la continuidad de aquellos dirigentes que actualmente las encabezan, sobretodo porque llevar a cabo los procesos eleccionarios resulta impracticable durante el estado de emergencia que vivimos con ocasión de esta pandemia.
Por lo tanto prorrogar el mandato de dichos directivos hasta 90 días desde el término del estado de catástrofe por calamidad pública, me parece de todas formas necesario por la vía de incorporar una nueva disposición transitoria en la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, para prorrogar el mandato de los miembros directivos de las organizaciones que vieron interrumpidas sus elecciones a consecuencia de esta pandemia..
Hemos de esperar que a ese plazo, hayamos superado esta crisis sanitaria para bien de todos nuestros compatriotas.
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